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lunes, 31 de marzo de 2014

INCONCEBIBLE.


UNA PELICULA RECOMENDADA, PARA VER DESDE LA PERSPECTIVA DEL DERECHO.


Para comenzar es menester indicar que el derecho penal del enemigo es un tema que se ha tratado relativamente hace poco, dicho tópico es supremamente interesante y toca fibras muy sensibles, específicamente sobre el área de derechos humanos, además reviste una complejidad enorme. Este pequeño  escrito quiere exponer la gigantesca dificultad que se genera en un caso tan complejo como el que se puede ver en la película Inconcebible.



Dar una idea del derecho penal del enemigo, es algo necesario para poder contextualizar el tema y así poder entender de mejor manera este, por lo tanto es significativo decir que quien ha sido el encargado de que tal concepto siga siendo abordado por la doctrina es el señor Günther Jakobs, un jurista alemán especialista en derecho penal, derecho procesal penal y filosofía del derecho. Este doctrinante es quien cuño el concepto del derecho penal del enemigo, concibiendo este como aquel derecho ligado al derecho penal de autor y no de acto, siendo esta figura generadora de la vulneración de los derechos humanos, por darle  determinadas calidades de peligrosidad a un sujeto por unas características específicas (discriminación) y no propiamente por una acción delictiva, el caso de la película es algo más extremo, sin embargo no deja de lado la vulneración de los Derechos Humanos.


Se resalta la diferencia de pensamientos entre el señor H, personaje al cual le dio vida el actor  Samuel Jackson y la agente Brody del FBI interpretada por la actriz Carrie Anne Moss. Lo primero que debe quedar claro es que  mientras H hace alusión a la frase el fin justifica los medios, la agente Brody es una protectora de acérrima de los derechos, resaltando su condición de agente y abogada.

martes, 25 de marzo de 2014

CONSTITUCIÓN. UN POCO SOBRE LA CONSTITUCIÓN COLOMBIANA DE 1991 Y EL ABUSO DEL PODER

La Constitución Política de 1991 es un texto digno de admirar, aunque quede el sin sabor  de un inadecuado ejercicio legislativo que se deriva de dicho texto, todo esto porque muchas de esas leyes son simplemente parte de un cumulo normativo inoperante y disperso que en gran medida no se ajustan a la realidad colombiana, sin embargo no se puede desconocer la preponderancia de la carta y los escenarios que se abrieron a partir de su promulgación, puede entonces aplaudirse el hecho de que los ciudadanos hoy cuenten  con mecanismos de participación ciudadana y  acciones que permiten la protección de sus derechos, aunque hay que decir que a pesar de contar con dichas herramientas, la democracia participativa que se quiere alcanzar, todavía está lejos de ser una realidad. El ejercicio democrático todavía se puede dividir en un aspecto puramente procedimental, como lo es el sufragio universal, más conocido como el voto. Este mecanismo de participación ha sido objeto de múltiples críticas, por los altos niveles de abstencionismo.

Como ya se dijo la constitución política de Colombia es digna de admiración, sin embargo ha sido utilizada en muchas ocasiones para el beneficio de los gobiernos, que lamentablemente usan el acto legislativo para hacer reformas a artículos de la Constitución, cambiando paulatinamente su esencia, configurándose con ello en reformas corrientes y no estructurales como diría el Doctor Manuel Fernando Quinche.

Para ir concluyendo con este post, diría que la constitución colombiana no ha sido blindada contra el reformismo indiscriminado del que ha sido objeto por parte de los Gobiernos, pero ya habrá otro espacio en el que hablare de esa dinámica política que entorpece el verdadero ejercicio del Derecho en pro de la justicia. Lo que les puedo decir es que nuestra constitución ha sido más de 35 veces reformada en algunos de sus artículos, atendiendo no solo los intereses de los gobiernos, pues hoy se habla de las multinacionales y grupos financieros como actores importantes  en la injerencia de las políticas del Estado, por eso en este articulo hago un llamado a los juristas, para que su labor social no sea la de simplemente litigar y asesorar, sino la de compartir conocimientos básicos para hacer de nuestros países verdaderos ejemplos de democracias participativas y poder decir adiós a freses como esta  “el derecho está al servicio de la política y la política al servicio del poder económico”.  El Derecho al derecho.




viernes, 14 de marzo de 2014

LIBROS. ALGUNOS LIBROS DE DERECHO RECOMENDADOS

Si estudias Derecho o ya estas ejerciendo, debes saber que uno de los ejercicios mas importante para ti es  leer. El abogado que deja de leer, deja al mismo tiempo de aprender, y por ende cada día que pasa es menos Abogado.













martes, 11 de marzo de 2014

BIENVENIDOS A JURISTAS AL DERECHO

El Derecho no puede entenderse alejado de la realidad, por eso la jurisprudencia da claves para entender y reinventar el Derecho como fuente material del mismo. Tristemente el Derecho se ha transformado en una herramienta mecanicista y de muy poco aporte para el desarrollo de la sociedad, ademas esta ciencia no debe entenderse alejada de otras ciencias fácticas y formales que permitirían de manera conjunta crear preceptos jurídicos que efectivamente le apunten al progreso de la humanidad, y no quedar como generalmente pasa, en meras letras muertas por no ajustarse a la realidad del contexto en el cual va aplicarse dicha norma.

Juristas al Derecho es un proyecto que tiene como finalidad mostrar que el Derecho debe trascender y no permanecer en un circulo vicioso, que lo único que ha logrado es el estancamiento de un mundo que necesita reinventarse.

Muy pronto todos ustedes contaran con un sitio web que les permitirá no solo aprender del Derecho, también allí encontraran reflexiones que los llevaran  a preguntarse ¿cómo debe abrirse el panorama para la construcción de nuevo conocimiento de esta ciencia fáctica como seria denomina por Mario Bunge?